Una sana medida en Catalunya...

25/09/2016
La primera Ley de Desconexión del Parlament declarará nulos los juicios franquistas. La cámara aplicará la “soberanía que le ha concedido el pueblo de Catalunya”

La Vanguardia.- 2016.09.24

 

La primera ley de desconexión del Parlament declarará nulos los juicios franquistasVisita de Francisco Franco a Girona: saluda desde el balcon del Ayuntamiento acompañado del alcalde falangista de la ciudad, Albero de Quintana Vergés (UPIFC)
QUICO SALLÉS, Parlament.

Gesto de alto voltaje simbólico en el primer pleno ordinario del Parlament en el curso parlamentario que se abrirá con la cuestión de confianza. Junts pel Sí, Catalunya Sí Que Es Pot y la CUP quieren incorporar en el orden del día del plenario previsto para el 19 de octubre, la anulación de un plumazo de las sentencias políticas del franquismo.

Según ha podido saber La Vanguardia, la Comissió per la Dignitat -impulsora de la iniciativa- ha convencido a los grupos para debatir y votar la Proposición de Ley de Reparación Jurídica de las Víctimas del Franquismo. Un texto que sería de facto la primera ley de “desconexión”en ejercicio de la “soberanía concedida por el pueblo de Catalunya”puesto que rompe sin reparos con el ordenamiento jurídico español y el poder judicial al anular las sentencias de los consejos de guerra franquistas.

De hecho, el primer artículo no se anda con remilgos y va directo al grano puesto que “declara nulos y sin ningún efecto jurídico todos los consejos de guerra sumarísimos y sus correspondientes sentencias, instruidas por causas políticas en Catalunya por el régimen franquista”. Asimismo, la proposición “faculta el Govern” para establecer en tres meses una orden que regule el sistema por el cual los familiares obtendrán una “certificación de nulidad del procedimiento y la sentencia correspondiente”.

El texto firmado por los junteros Jordi Turull, Marta Rovira; los confluentes Lluís Rabell y Joan Coscubiela y las cuperas Mireia Boya y Anna Gabriel constata que el Estatut de Catalunya de 1932 fue derogado por la ley de 5 de abril de 1938, en “un acto ilegal de la dictadura franquista que sólo pudo ser impuesto por la fuerza de las armas”. Un Estatut que, recuerdan, atribuía a la Generalitat plenas competencias en Justícia. Por ello, los proponentes de la ley interpretan que los consejos de guerra y juicios sumarísimos se celebraron “vulnerando las competencias de la legalidad entonces vigente”.