Insuficiente
Ley de Memoria Democrática: nueva prórroga a la impunidad
elhuron Jul 15 |
Sabino Cuadra | Ley de Memoria Democrática: nueva prórroga a la impunidad
Buena parte del amplio espacio memorialista ha dado ya su opinión al respecto y ésta no ha sido positiva. Hablo de grupos como ARMH (Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica), CEAQUA (Coordinadora Estatal de apoyo a la Querella Argentina, formada a su vez por decenas de asociaciones y plataformas memorialistas), la Plataforma Vasca contra los Crímenes del Franquismo (compuesta por varios grupos de memoria y sociales), la Asociación 3 de Marzo –Gasteiz-, la iniciativa Sanfermines 78: gogoan! –Pamplona-,…. También Amnistía Internacional expresó en su día serios desacuerdos con aspectos esenciales del proyecto. Todas estas opiniones, muy fundamentadas, deberían haber sido tenidas en cuenta en su tramitación, pero no ha sido así.
Las críticas parten de reconocer los importantes avances que el actual proyecto presenta con respecto a la anterior Ley de Memoria de 2007. Aún con todo, se sigue afirmando que, en lo esencial, el régimen de impunidad para con el franquismo, arrastrado desde hace ya 44 años, sigue vivo en el nuevo proyecto. Las asignaturas de verdad, justicia y reparación siguen sin aprobarse.
En el ámbito de la Verdad, se critica el proyecto por parcial e interesado puesto que, entre otras cosas, invisibiliza y protege a los victimarios (asesinos, torturadores, jueces, ministros, empresas esclavistas, Iglesia,…), mantiene en vigor la Ley franquista de Secretos Oficiales y se olvida del proyecto de Ley de Bebés Robados, aparcado desde hace ya dos años en un olvidado cajón del Congreso.
En cualquier caso, el acceso a la Justicia es el terreno en el que el proyecto obtiene su suspenso más clamoroso, pues las puertas de sus Palacios seguirán cerradas a las exigencias de las víctimas de los crímenes franquistas. La Ley de Amnistía de 1977 seguirá vigente y se sigue sin recoger la aplicación directa del derecho internacional referido a los crímenes contra la humanidad, contraviniendo así las reiteradas recomendaciones realizadas por la propia ONU.
Lógicamente, si partimos de una verdad parcial e interesada y del cierre de las puertas de la Justicia, la reparación resultante no podrá ser sino algo formal y administrativo, mucho más aún cuando la ley niega expresamente que los expolios realizados sean revertidos y los daños indemnizados.
La exigencia de justicia para con los crímenes del franquismo nada tiene que ver con el ojo por ojo de la Ley del Talión, sino con las obligadas respuestas a dar ante violaciones masivas de derechos humanos universalmente reconocidos. Así por ejemplo, en el caso de la tortura el interés social pasa no solo por reconocer el delito y a su víctima, sino por identificar también al torturador para juzgarlo y condenarlo a una inhabilitación –entre otras penas- para ocupar cualquier puesto o trabajo que tenga relación directa o indirecta con los derechos humanos o la seguridad ciudadana. Se trata así de que nunca más el inspector torturador de ayer pueda convertirse mañana en comisario jefe de policía, o el juez cómplice que se negó a investigar las denuncias presentadas ante él llegue a ser ministro de Interior. Algo de sentido común, ¿o no?
Otro ejemplo. La petición de juicio para Martín Villa (88 años), nada tiene que ver con reclamar para él celda o galeras, sino con sentarlo en el banquillo a fin de que sea juzgado y sentenciado por todos los crímenes policiales y parapoliciales cometidos durante su mandato: 3 de marzo, en Gasteiz, Semana negra madrileña, II Semada pro-amnistia en Euskal Herria, Sanfermines de 1978, Málaga, Tenerife, Alicante, Barcelona….
De esta manera se lograría también, y esto es muy importante, que los textos educativos y de historia no se refieran a él como uno de los padres de la democracia española, sino como un jerifalte franquista responsable de crímenes contra la humanidad. Y que su patrimonio, obtenido a través de toda una vida al servicio de la dictadura y, posteriormente, en agradecidos Consejos de Administración, sea expropiado para reparar los daños derivados de estos crímenes. A esto se llama justicia y no hay razón alguna para negarse a ella, ni para cambiarla por nada.
La justicia transicional, ésa que, con toda razón, pone el acento en la reparación a dar a las víctimas (atención médico-psicológica, laboral, social, compensaciones económicas,…) no es contraria a lo anterior. Así, la ONU la define como "los intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran escala (franquismo, en nuestro caso), a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la reconciliación”. Es decir, sin rendición de cuentas ante la justicia por los crímenes cometidos, la reconciliación obtenida no deja de ser sino una parodia.
Así lo afirmó, en septiembre de 2018, en el propio Congreso español, Fabian Salvioli, Relator especial de la ONU para la promoción de la Verdad, la Justicia y la Reparación, quien señaló que “la reconciliación no es el olvido. En absoluto. Eso es una interpretación perversa del término”, añadiendo igualmente que “no se puede hablar de reconciliación sin la acción de los tribunales de Justicia. Es imposible la reconciliación sin la Justicia”. Es decir, con medias verdades y sin acceso a la justicia, la reconciliación es un fraude.
El proyecto de Ley de Memoria Democrática sigue sin desmontar los actuales pilares del régimen de impunidad para con el franquismo. Sin modificar esto, se volverá a cerrar en falso una deuda histórica con la democracia, la justicia y los derechos humanos. La primera vez fue con la Ley de Amnistía de 1977. La segunda, con la Ley de Memoria de 2007. Pensamos que en esta tercera ocasión iba ya la vencida, pero no ha sido así.